Convenio de mayoristas de alimentación: qué cobra un mozo, un chófer y un viajante en 2026
Diez tablas oficiales de convenios de mayoristas de alimentación frente al SMI de 2026, y lo que cuesta a la empresa cada puesto con las cotizaciones de 2026.
En una furgoneta de reparto, el conductor y sus dietas son el 64,1 % del coste anual, según la guía del coste del reparto propio. Y el almacén se mueve con mozos y preparadores.
Aun así, a la pregunta «¿cuánto cobra un mozo?» casi nadie sabe responder con una cifra. Es lógico: no existe un convenio estatal con tablas para el comercio mayorista de alimentación, y cada provincia tiene el suyo, con sus pagas, su jornada y sus nombres de categoría. Esta guía pone diez tablas oficiales en la misma unidad, euros brutos al año, y las compara con el salario mínimo interprofesional de 2026. Después calcula lo que cuesta cada puesto a la empresa con las cotizaciones de este año.
Qué convenio aplica a una distribuidora de alimentación
El 5 de agosto de 2026 el BOE publicó el Acuerdo Marco del sector de distribución comercial de alimentación, firmado por ASEDAS, la Confederación Española de Comercio, CC. OO., UGT y FETICO. Su ámbito incluye a las «empresas mayoristas (CNAE 4639 y 4690), en todos los casos con predominio de productos alimentarios», además de supermercados y autoservicios. Tres cosas que conviene saber de él:
- No tiene tablas salariales. Regula la estructura de la negociación, la igualdad, el acoso, la prevención y los fenómenos meteorológicos adversos, casi todo con carácter supletorio.
- Respeta los convenios que ya existían. Su artículo 8 reconoce la prioridad del convenio marco de mayoristas de Cataluña y de los convenios sectoriales autonómicos y provinciales vigentes, «como unidades de negociación preexistentes».
- Abre la puerta a un acuerdo propio del subsector de mayoristas, que a 15 de octubre de 2026 no se ha publicado.
En la práctica, el sueldo de un mozo, un chófer o un viajante sale del convenio provincial o autonómico de mayoristas o almacenistas de alimentación. Donde no lo hay, el mismo artículo 8 remite a los convenios provinciales de comercio de alimentación o de comercio en general. Cada convenio tiene un código en el registro oficial (REGCON); es el dato que hay que pedir a la gestoría si no sabes cuál aplicas.
Diez tablas oficiales, una al lado de otra
Se han revisado los convenios de mayoristas de alimentación con texto oficial accesible el 15 de octubre de 2026 en ocho comunidades: Andalucía (Cádiz y Sevilla), Cataluña (Barcelona, Lleida y Tarragona), Comunitat Valenciana (Alicante y Valencia), Madrid, Murcia y Asturias. Para cada uno se toma la última tabla publicada y se pasa a importe anual: salario base mensual por el número de pagas del convenio, o el importe anual cuando el propio convenio lo publica así. No incluye antigüedad, pluses ni dietas.
Primero, las condiciones de cada convenio:
| Convenio | Última tabla | Pagas al año | Jornada anual |
|---|---|---|---|
| Sevilla, mayoristas y minoristas | 2024 | 16 | 1.792 h |
| Madrid, comercio de alimentación | 2025 | 15 | 1.810 h |
| Cádiz, mayoristas y almacenistas | 2026 | 16 | 40 h semanales |
| Murcia, mayoristas | 2025 | 15 | 1.802 h |
| Lleida, mayoristas de Cataluña | 2025 | 15 | 1.798 h |
| Tarragona, mayoristas de Cataluña | 2025 | 15 | 1.787 h |
| Asturias, mayoristas | 2025 | 15 | 40 h semanales |
| Alicante, mayoristas | 2026, provisional | 15 y paga de Hogueras | 1.800 h |
| Valencia, almacenistas | 2026 | 15 | 1.775 h |
| Barcelona, mayoristas de Cataluña | 2025 | 15 | 1.748 h |
Y lo que paga cada tabla al año, en euros brutos:
| Convenio | Mozo | Chófer de furgoneta | Chófer de camión | Viajante o autoventa |
|---|---|---|---|---|
| Sevilla | 14.708,80 | 14.708,80 | 14.708,80 | 14.820,64 |
| Madrid | 16.196,55 (grupo I) | Por grupo | Por grupo | Por grupo |
| Cádiz | 16.286,24 | 17.476,96 | 17.676,32 | 19.513,92 |
| Murcia | 16.522,03 | 16.998,07 | 17.636,02 | 17.964,79 |
| Lleida | 16.576,05 | 16.576,05 | 16.576,05 | 16.576,05 |
| Tarragona | 16.576,05 | 16.576,05 | 16.576,05 | 16.978,95 |
| Asturias | 16.599,30 | 17.508,15 | 18.476,85 | 19.038,30 |
| Alicante | 16.990,27 | 17.413,39 | 18.547,45 | 20.467,63 |
| Valencia | 17.094,00 (grupo I) | 18.086,62 a 18.496,43 | 19.210,12 | Por grupo |
| Barcelona | 20.570,55 | 21.613,65 | 22.049,40 | 23.045,70 |
Cómo se ha leído cada convenio:
- Chófer de furgoneta y de camión. Cádiz, Murcia y Sevilla separan al conductor por el vehículo, en el límite de 3.500 kg. Cataluña y Asturias hablan de chófer de primera y de segunda; en la tabla, el de segunda va en la columna de furgoneta y el de primera en la de camión. Alicante clasifica por el permiso: clase B en el grupo 3 y clases C, D o E en el grupo 4, el mismo que las actividades de autoventa. En Valencia, la conducción que exige un carné superior al B está en el grupo III, nivel 1; la furgoneta cae en los niveles 2 o 3 según la autonomía del puesto.
- Madrid y Valencia clasifican por grupos profesionales definidos por funciones, sin categorías con nombre. En Madrid, el grupo I son tareas con «total grado de dependencia jerárquica» que «no necesitan formación específica»: 16.196,55 euros en 2025; el grupo II, 17.019,30, y el grupo III, 17.523,00. En Valencia, el grupo I son operaciones con conocimientos «de carácter elemental».
- Alicante incluye la gratificación por fiestas patronales (Hogueras), 234,59 euros en 2026, que la tabla suma en el total anual.
- Viajante o autoventa. Barcelona da la cifra del vendedor; Murcia paga igual al viajante que al autoventa; Sevilla publica la categoría de autoventa. En autoventa una misma persona vende, reparte y cobra (lo explica preventa o autoventa), y Alicante la pone en el mismo grupo que al chófer con permiso C.
Cinco convenios no tenían tablas de 2026 publicadas en las fuentes consultadas a 15 de octubre de 2026. Murcia y Cataluña terminaron su vigencia el 31 de diciembre de 2025 y sus textos mantienen el convenio en vigor mientras se negocia el siguiente; Asturias firmó un convenio solo para 2025, con la misma regla; el de Sevilla terminó el 31 de diciembre de 2024 y su última tabla es la de ese año. Madrid fijó tablas hasta 2025 con revisión por IPC limitada a un punto, que no llegó a activarse: el IPC de diciembre fue del 2,8 % en 2024 y del 2,9 % en 2025, por debajo de las subidas pactadas del 4 % y el 3 % (INE).
Salario anual de tabla del mozo frente al SMI de 2026, en euros
- Por debajo del SMI
- Igual o por encima
- Lo que la empresa tiene que completar
En 8 de los 10 convenios, el mozo de tabla cobra menos que el SMI de 2026. En Sevilla, Murcia, Lleida y Tarragona también queda por debajo el chófer de furgoneta, y en Madrid, el grupo II (17.019,30 euros).
Por qué el SMI de 2026 manda en ocho de diez tablas
El Real Decreto 126/2026 fija el salario mínimo interprofesional en 1.221 euros al mes desde el 1 de enero de 2026, y su artículo 3 establece que, en cómputo anual, el término de comparación no puede ser inferior a 17.094 euros. Es un 3,1 % más que los 16.576 euros de 2025. Los salarios de convenio inferiores tienen que «ser incrementados […] en la cuantía necesaria para equipararse a este».
Los convenios lo saben, y algunos lo dicen:
- Valencia y Castellón fijaron el grupo I de 2026 en 17.094,00 euros exactos, «atendiendo a la regulación de aplicación sobre salario mínimo interprofesional», según el acta publicada en el DOGV del 18 de mayo de 2026.
- Cataluña publicó en diciembre de 2025 un acta para adecuar las tablas de 2025 al SMI: 16.576 euros en 15 pagas, 1.105,07 al mes. En Lleida y en Tarragona, el mozo y el chófer quedaron en esa cifra. Sin tablas de 2026, esos 16.576,05 euros quedan 517,95 por debajo del nuevo SMI.
- Alicante puso el grupo de los mozos de 2025 en 16.576 euros, el SMI de ese año, y le aplicó para 2026 la subida pactada del 2,5 %. El SMI subió un 3,1 %, y la tabla provisional de 2026 se quedó en 16.990,27 euros, 103,73 por debajo.
- Cádiz publicó en agosto de 2026 un convenio con un salario mínimo de convenio de 1.017,89 euros al mes para 2026 (artículo 39). Con cuatro pagas extraordinarias son 16.286,24 euros al año.
El SMI no cambia el convenio: lo que cambia es la nómina. La empresa paga lo que diga la tabla y, si el total salarial anual a jornada completa no llega a 17.094 euros, completa la diferencia. El propio real decreto permite compensar esa subida con lo que la persona trabajadora cobra «por todos los conceptos» en cómputo anual, y su artículo 2 dice que los complementos salariales del convenio se suman al SMI. Qué conceptos cuentan en cada caso, como la antigüedad o un plus de transporte (Cádiz paga 98,19 euros al mes, que no se devengan en pagas extra ni en vacaciones), es una pregunta para tu asesor laboral con la nómina delante.
Ejemplo ilustrativo. Un mozo recién contratado en una distribuidora de Cádiz, a jornada completa, sin antigüedad ni otros conceptos salariales. La tabla de 2026 da 1.017,89 × 16 = 16.286,24 euros. Hasta 17.094 faltan 807,76 euros al año. Si la empresa reparte el salario en las 16 pagas del convenio, cada una pasa a 17.094 ÷ 16 = 1.068,38 euros. En Sevilla, con la tabla de 2024 (919,30 × 16 = 14.708,80 euros), la diferencia es de 2.385,20 euros al año.
Cálculo de esta guía con las tablas oficiales; la persona y la situación son inventadas.
Cuánto cuesta a la empresa un puesto al SMI
El salario es solo una parte del coste. La Orden PJC/297/2026 fija los tipos de cotización de 2026, y el Real Decreto-ley 3/2026 trasladó a la Ley General de la Seguridad Social una tarifa de accidentes de trabajo adaptada a la CNAE-2025. Para una persona con contrato indefinido que cobra el SMI anual:
| Concepto, a cargo de la empresa | Tipo en 2026 | Sobre 17.094 € |
|---|---|---|
| Contingencias comunes | 23,60 % | 4.034,18 € |
| Desempleo, contrato indefinido | 5,50 % | 940,17 € |
| Fondo de Garantía Salarial | 0,20 % | 34,19 € |
| Formación profesional | 0,60 % | 102,56 € |
| Mecanismo de equidad intergeneracional | 0,75 % | 128,21 € |
| Accidentes de trabajo, CNAE 4639 o 4634 | 2,60 % | 444,44 € |
| Total cotizaciones | 33,25 % | 5.683,75 € |
| Coste anual del puesto | 22.777,75 € |
La base mensual de cotización es 17.094 ÷ 12 = 1.424,50 euros, por encima de la base mínima de 2026 para los grupos 4 a 7, 1.424,40 euros. Si el contrato es temporal, el desempleo pasa al 6,70 % a cargo de la empresa.
El tipo de accidentes de trabajo depende del código CNAE-2025 de la actividad principal de la empresa. El comercio al por mayor no especializado de alimentos, bebidas y tabaco (4639) y el de bebidas (4634) llevan el tipo general del grupo 46, el 2,60 %. Hay excepciones dentro del sector: otros alimentos (4638), 3,00 %; carne y pescado (4632), 3,15 %; comercio al por mayor no especializado (4690), 3,35 %. Con un 3,00 % de accidentes, el mismo puesto cuesta 22.846,13 euros.
El chófer de camión cotiza más: cuenta la carga útil, no la masa máxima
El cuadro II de la tarifa aplica a ciertas ocupaciones un tipo propio, sea cual sea la actividad de la empresa. Una de ellas, la letra f: «conductores de vehículo automóvil de transporte de mercancías que tenga una capacidad de carga útil superior a 3,5 Tm», al 6,70 %. El total de cotizaciones sube al 37,35 % y el coste del mismo salario mínimo, a 23.478,61 euros al año.
El límite es la carga útil, mientras que los convenios separan al chófer por los 3.500 kg del vehículo. No coinciden: la furgoneta de 3.500 kg de masa máxima del Observatorio de Costes del Ministerio de Transportes tiene 1.500 kg de carga útil, y el camión rígido de 12.000 kg, 6.000 kg. El repartidor de la furgoneta cotiza por la actividad de la empresa; el del camión, por el 6,70 %.
Coste anual para la empresa de un puesto a jornada completa pagado al SMI de 2026, en euros
- Salario
- Contingencias comunes
- Desempleo, FOGASA, formación y equidad
- Accidentes de trabajo
Del coste anual al coste por hora
Para presupuestar un turno de preparación o comparar con una empresa de trabajo temporal hace falta el coste por hora. Se divide el coste anual entre la jornada anual del convenio, que ya descuenta vacaciones y festivos:
| Jornada anual del convenio | Puesto al SMI, accidentes al 2,60 % | Chófer de camión al SMI, accidentes al 6,70 % |
|---|---|---|
| 1.748 h (Barcelona) | 13,03 €/h | 13,43 €/h |
| 1.775 h (Valencia y Castellón) | 12,83 €/h | 13,23 €/h |
| 1.800 h (Alicante) | 12,65 €/h | 13,04 €/h |
| 1.802 h (Murcia) | 12,64 €/h | 13,03 €/h |
| 1.810 h (Madrid) | 12,58 €/h | 12,97 €/h |
Es un suelo: el coste de una hora efectiva de trabajo sin antigüedad, pluses, horas extra, absentismo ni ropa de trabajo. En Barcelona, el mozo de tabla, 20.570,55 euros, cuesta 27.410,26 euros al año con las mismas cotizaciones: 15,68 euros por hora de las 1.748 del convenio, entre un 20 % y un 25 % más que un puesto pagado al SMI en las otras provincias de la tabla. Es el dato que conviene tener delante cuando se compara el coste de servir desde dos almacenes.
La misma cuenta sirve para revisar el coste por hora del reparto. El Observatorio de Costes del Ministerio de Transportes, que usa la guía del coste del reparto propio, calcula el conductor de la furgoneta con 33.750,92 euros al año, «incluida Seguridad Social y otros», con las hipótesis de una empresa de transporte. Un chófer de distribuidora pagado al SMI cuesta 22.777,75 euros. Si tu reparto usa la cifra del Observatorio, sustitúyela por la de tu convenio y tu nómina: la tarifa por hora puede bajar varios euros, o subir si pagas por encima de la tabla.
Cómo comprobar tu caso, paso a paso
- Localiza tu convenio. Pide a la gestoría el código REGCON y el boletín donde se publicó la última tabla. Si la empresa tiene centros en varias provincias, cada centro aplica el de su provincia.
- Mira el año de la tabla. Si es anterior a 2026, comprueba si el convenio está prorrogado o en negociación, y si se ha publicado un acta de revisión salarial después.
- Pasa cada categoría a euros al año: salario base por número de pagas, más los conceptos salariales fijos que cobre esa persona.
- Compara con 17.094 euros a jornada completa, o la parte proporcional si es a tiempo parcial. Lo que falte, se completa.
- Comprueba el CNAE-2025 de la empresa en la Seguridad Social y el tipo de accidentes de trabajo que te aplican. Revisa a los conductores: si llevan un vehículo de más de 3,5 toneladas de carga útil, su tipo es el 6,70 %.
- Calcula el coste por hora con la jornada anual de tu convenio y llévalo al coste por ruta, por pedido preparado o por cliente.
Las tablas cambian. Esta guía usa las tablas publicadas a 15 de octubre de 2026. Murcia, Madrid, Cataluña, Asturias y Sevilla no tenían tablas de 2026 publicadas ese día, y una tabla nueva puede publicarse con efectos desde el 1 de enero de 2026 y atrasos. Cádiz, por ejemplo, publicó la suya el 18 de agosto de 2026 con efectos desde enero. Antes de decidir un sueldo o un precio, consulta el boletín de tu provincia.
Lo que tiene que hacer el programa de nóminas y el ERP
- Avisar cuando una categoría del convenio queda por debajo del SMI en cómputo anual, y no solo cuando cambia el salario mínimo.
- Guardar el tipo de accidentes de trabajo por persona y no solo por empresa, para que el chófer de camión cotice al 6,70 %.
- Dar el coste por hora de cada puesto para usarlo en el coste por ruta y por parada, como se calcula en el coste del reparto propio.
Para el almacén, la guía de SGA para una distribuidora pyme explica cómo medir pedidos y líneas preparadas por hora, que es lo que convierte el coste por hora del mozo en coste por pedido.
Preguntas frecuentes
¿Hay un convenio estatal para los mayoristas de alimentación?
No con tablas salariales. El Acuerdo Marco del sector de distribución comercial de alimentación (BOE de 5 de agosto de 2026) incluye a los mayoristas de los CNAE 4639 y 4690 con predominio de alimentación, pero no fija sueldos: ordena la negociación y respeta los convenios provinciales y autonómicos que ya existían, que son los que contienen las tablas.
¿Cuánto cobra un mozo de almacén en una distribuidora de alimentación en 2026?
Depende de la provincia. En la tabla de 2025 de Barcelona, 20.570,55 euros al año; en la de 2026 de Cádiz, 16.286,24 euros. Cuando la tabla queda por debajo del salario mínimo interprofesional, la empresa tiene que pagar al menos el SMI en cómputo anual: 17.094 euros brutos en 2026 a jornada completa (Real Decreto 126/2026).
¿Qué pasa si mi convenio no ha publicado tablas de 2026?
Se siguen aplicando las últimas tablas mientras el convenio esté prorrogado o en ultraactividad, pero ninguna nómina a jornada completa puede quedar por debajo del SMI de 2026 en cómputo anual. Murcia, Madrid, Cataluña, Asturias y Sevilla no tenían tablas de 2026 publicadas a 15 de octubre de 2026 en las fuentes consultadas.
¿Cuánto paga la empresa a la Seguridad Social por un mozo?
En 2026, con contrato indefinido: 23,60 % de contingencias comunes, 5,50 % de desempleo, 0,20 % de FOGASA, 0,60 % de formación profesional y 0,75 % del mecanismo de equidad intergeneracional (Orden PJC/297/2026), más la tarifa de accidentes de trabajo, que en el comercio al por mayor no especializado de alimentos y bebidas (CNAE 4639) es el 2,60 %. En total, 33,25 % sobre el salario.
¿Un chófer de camión cotiza más que un mozo?
Por accidentes de trabajo, sí. La tarifa de 2026 aplica un 6,70 % a los conductores de vehículos de transporte de mercancías con una carga útil superior a 3,5 toneladas, en lugar del tipo de la actividad de la empresa. Cuenta la carga útil, no la masa máxima autorizada: una furgoneta de 3.500 kg de MMA no llega a esa carga útil.
Fuentes
- Resolución de 22 de julio de 2026, Acuerdo Marco del sector de distribución comercial de alimentación (BOE núm. 190, de 5 de agosto de 2026) boe.es
- Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2026 (BOE de 19 de febrero de 2026) boe.es
- Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización a la Seguridad Social para 2026 (BOE de 31 de marzo de 2026) boe.es
- Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, disposición adicional sexagésima primera de la LGSS: tarifa de primas de accidentes de trabajo (BOE de 4 de febrero de 2026) boe.es
- Real Decreto 10/2025, de 14 de enero, Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025) boe.es
- Convenio provincial de comercio alimentación mayoristas de Cádiz 2026-2028, con tablas de 2026 (BOP de Cádiz núm. 158, de 18 de agosto de 2026) bopcadiz.es
- Convenio colectivo de mayoristas de alimentación de la provincia de Alicante 2025-2027, con tablas provisionales de 2026 (BOP de Alicante núm. 208, de 31 de octubre de 2025) dip-alicante.es
- II Convenio colectivo de almacenistas de alimentación de Castellón y Valencia (DOGV núm. 10206, de 1 de octubre de 2025) dogv.gva.es
- Tablas salariales de 2026 del II Convenio de almacenistas de alimentación de Castellón y Valencia (DOGV núm. 10364, de 18 de mayo de 2026) dogv.gva.es
- Convenio colectivo del sector Comercio Alimentación (Mayoristas) de la Región de Murcia 2023-2025 (BORM núm. 266, de 17 de noviembre de 2023) borm.es
- Convenio colectivo del sector de comercio de alimentación de la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 252, de 22 de octubre de 2021) bocm.es
- Tablas salariales 2023, 2024 y 2025 del convenio de comercio de alimentación de la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 47, de 24 de febrero de 2024) bocm.es
- V Convenio colectivo marco del sector de la distribución de mayoristas de alimentación de Cataluña (DOGC núm. 9082, de 18 de enero de 2024) portaldogc.gencat.cat
- Acta de adecuación de las tablas de 2025 al salario mínimo interprofesional, mayoristas de alimentación de Cataluña (DOGC núm. 9554, de 1 de diciembre de 2025) portaldogc.gencat.cat
- Convenio colectivo de mayoristas de alimentación del Principado de Asturias para 2025 (BOPA núm. 202, de 21 de octubre de 2025) miprincipado.asturias.es
- Convenio colectivo del sector de mayoristas y minoristas de alimentación de Sevilla 2022-2024 (BOP de Sevilla, 23 de enero de 2023) bopsevilla.dipusevilla.es
- Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible: Observatorio de Costes del Transporte de Mercancías por Carretera, julio de 2026 (costes a 31/07/2026) cdn.transportes.gob.es
- INE: Índice de Precios de Consumo, índice general nacional, variación anual (serie IPC251856) servicios.ine.es